La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha impuesto una sanción a la empresa Petróleos de Chile COPEC, responsable del “Terminal Marítimo de Quintero COPEC”, ubicado en la región de Valparaíso, debido al incumplimiento de su Plan Operacional vinculado al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví.
La SMA multó a la empresa con 277,4 unidades tributarias anuales (UTA), lo que equivale a más de $224 millones, debido a múltiples incumplimientos ambientales detectados.
El proceso sancionador se inició tras verificar que durante 23 días en los que se declaró una condición de episodio crítico por ventilación mala y regular, el titular no redujo sus operaciones conforme a lo estipulado en su Plan Operacional. Además, se observó el incumplimiento de medidas provisionales que la SMA había establecido ante episodios de intoxicación masiva.
Basándose en esta información, la SMA presentó tres cargos contra la empresa en octubre de 2022.
El primer cargo se sustentó en que el titular del proyecto no disminuyó los flujos de descarga y transferencias durante las operaciones de recepción y despacho de combustible en días de condiciones regulares y malas de ventilación, durante varios días del año 2021, incluyendo fechas como el 31 de enero, 19 y 25 de febrero, entre otros.
El segundo cargo consistió en que la empresa no entregó a la SEC el programa de mantención y operación de los sistemas de sellos primarios y secundarios para los estanques de techo flotante que almacenan gasolina (hidrocarburos y sus derivados, correspondientes a Clase I).
Finalmente, el tercer cargo surgió porque la empresa no cumplió con las medidas provisionales dispuestas en la Resolución Exenta N°882, del 8 de junio de 2022, renovadas mediante la Resolución Exenta N°934 del 17 de junio de 2022, respecto a:
– En las operaciones del Terminal de Productos Importados: i) No se redujo el 70% del flujo en la descarga de productos combustibles de buque a estanque durante condiciones de mala ventilación, los días 12, 18, 19, 20, 26, 27 y 28 de junio de 2022; ii) No se redujo el 50% del flujo durante condiciones de regular ventilación en las descargas de productos combustibles los días 11, 12, 18, 20, 25 y 26 de junio de 2022; iii) No se redujo el 50% del flujo en el despacho de productos combustibles desde el estanque por oleoducto durante condiciones de regular ventilación el 11, 18 y 26 de junio de 2022.
– En las operaciones de la Planta de Lubricantes: i) No se realizó la reducción del 70% del flujo en la descarga de aceite básico desde buque a estanque durante condiciones de mala ventilación el 15 y 16 de junio; y ii) No se realizó la reducción del 30% del flujo en la carga a granel en camiones de aceites básicos y productos terminados durante condiciones de regular ventilación el 10 de junio de 2022.
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), la multa deberá ser pagada en la Tesorería General de la República dentro de un plazo de diez días hábiles desde la notificación de la sanción.
(Imagen: Superintendencia del Medio Ambiente)
PURANOTICIA
Con Información de puranoticia.pnt.cl