Patricia Muñoz aclaró que ningún fiscal “puede interceptar teléfonos sin la autorización de un juez”, en relación con la controversia sobre la escucha telefónica a Miguel Crispi, jefe de asesores del Presidente Gabriel Boric.
“Cualquier organismo público está sujeto al escrutinio de la sociedad y de las autoridades, pero no debe sobrepasar el ámbito legal en decisiones que son privativas de cada institución”, afirmó la exdefensora de la Niñez en una entrevista con radio Pauta.
Subrayó que dicha autorización solo se otorga si existen indicios razonables de participación en un delito y si la interceptación es crucial para la investigación.
Además, destacó que este procedimiento está regulado por plazos estrictos: “La ley permite 60 días, prorrogables si el fiscal puede demostrar nuevamente los requisitos legales”.
La exdefensora también hizo hincapié en la gestión de información reservada. “Hay una normativa que obliga al Ministerio Público a conservar las grabaciones bajo sello y protección. Es claro que la Fiscalía debe aclarar por qué no ha podido salvaguardar adecuadamente esta información”, indicó.
Considera preocupante que, a pesar de las filtraciones en casos como el «Caso Hermosilla», «Caso Monsalve» o «Procultura», “la Fiscalía no ha formalizado acusaciones por violación de secreto”.
Al ser consultada sobre las declaraciones del Frente Amplio y del socialista Camilo Escalona, quienes advirtieron que la Fiscalía se excede, Muñoz respondió que “se aplica el principio de igualdad ante la ley. Cualquiera puede ser objeto de una investigación si se cumplen los requisitos legales”.
Añadió que “la pertinencia de las solicitudes es evaluable, pero es necesario que el fiscal Valencia explique si existió o no la solicitud de interceptar al Presidente. Esto también forma parte del control interno que le corresponde como superior jerárquico”.
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