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sábado, mayo 3, 2025

Multas de hasta $1.372.960: Riguroso control durante el feriado irrenunciable.

La Dirección del Trabajo ha instado a las empresas a cumplir con el feriado obligatorio e irrenunciable para los empleados del comercio este jueves 1 de mayo.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno, informó que la DT estará recibiendo denuncias y realizando fiscalizaciones a través del número 600 450 4000 y en su página web www.dt.gob.cl, para garantizar el cumplimiento de este feriado.

«Esta norma es obligatoria e irrenunciable y está destinada a proteger el derecho de los trabajadores y trabajadoras del comercio, permitiéndoles descansar junto a sus familias, especialmente en una fecha tan significativa para el mundo laboral.», resaltó.

En esta ocasión, la DT supervisará tres aspectos: el inicio del descanso posterior a las 21 horas del miércoles 30 de abril, el cumplimiento del feriado en sí, y el descanso de los trabajadores del comercio que hayan cumplido turnos para el mismo empleador el 1 de mayo de 2024.

Esto se fundamenta en una norma vigente desde mayo de 2016 que permite el reposo alternado bianual para los empleados del comercio que están exceptuados del feriado.

Si durante las fiscalizaciones, que pueden ser motivadas por denuncias o realizadas en terreno, se encuentra trabajadores laborando, se deberá suspender sus turnos y aplicar la correspondiente multa a sus empleadores.

La única excepción para esta suspensión será en el caso de farmacias de turno o de urgencia, donde el trabajador afectado se desempeñe como químico farmacéutico, en cuyo caso se aplicará la sanción correspondiente.

El director del Trabajo también recordó que el 1 de mayo de 2024 se llevaron a cabo 242 fiscalizaciones, resultando en 80 multas que suman $89.906.507,78 millones. Adicionalmente, 133 trabajadores que no debían laborar fueron enviados a sus casas.

El incumplimiento de este feriado obligatorio e irrenunciable será sancionado con multas que oscilan entre 5 UTM ($343.240 a mayo de 2025) y 20 UTM ($1.372.960 a mayo de 2025) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el total de trabajadores en la empresa.

PURANOTICIA



Con Información de puranoticia.pnt.cl

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