Nelson Hernández Romero ha quedado bajo prisión preventiva tras ser imputado en el Juzgado de Garantía de Valparaíso por la muerte de un guardia de seguridad a raíz de un atropello ocurrido en la Av. Brasil el 20 de mayo.
El imputado fue formalizado por los siguientes delitos: abandonar el lugar del accidente sin informar a la policía ni auxiliar a la víctima, conducir sin licencia profesional y hacerlo con la licencia suspendida (artículos 176, 194 y 209 de la Ley de Tránsito).
Durante la audiencia de formalización del 27 de mayo, el juez Felipe Contreras destacó que este “es un delito distinto y autónomo, que puede ser sancionado de manera diferente al cuasidelito de homicidio en un accidente de tránsito”.
“Esta distinción es crucial, ya que no se ha formalizado por un cuasidelito de homicidio, sino por un delito diferente (…), que implica no detenerse, ofrecer ayuda y notificar a las autoridades competentes tras un accidente que cause lesiones o muerte,” añadió.
El magistrado también aclaró que “el artículo se refiere a un accidente de tránsito donde no es necesario conocer el resultado inmediato, sino que basta con que el imputado tenga conocimiento del accidente posteriormente, pues en ese momento surge la obligación de actuar.”
“El imputado sabía de lo sucedido, ya que hay cuatro testigos que viajaban con él en el furgón, quienes confirmaron que ocurrió un accidente y que había una persona en el suelo. Un testigo incluso le advirtió que había atropellado a alguien, lo que fue corroborado por un video presentado por la fiscalía,” explicó el juez Contreras.
Además, el juez añadió que “el imputado, siendo consciente de la situación, no detuvo su marcha, no prestó ayuda y no informó a la policía. Por estas razones, hay fundamentos para considerar el hecho ilícito por el cual fue formalizado.”
El imputado ya tenía su licencia de conducir suspendida por un accidente anterior. “El informe policial indica que el 16 de mayo, el imputado manejaba un furgón que requería licencia profesional, sin tenerla y con su licencia suspendida por una resolución de un juzgado de Policía Local debido a un accidente en Laguna Verde,” agregó.
“El delito bajo el artículo 176 de la Ley de Tránsito puede llevar a una pena de presidio menor en su grado máximo, y en caso de otorgarse una pena sustitutiva, invertirá al menos un año de cumplimiento efectivo, en lugar del plazo de un año que queda suspendido. Esto también incluye las penas por conducir sin licencia y con licencia suspendida,” expuso.
Respecto a la necesidad de la medida cautelar para Nelson Hernández, el juez consideró que existe un “peligro para la seguridad, ya que la pena asignada al delito podría superar el año, lo que justifica la prisión preventiva. También se considera el riesgo de fuga, especialmente ante la posibilidad de una condena efectiva, y el hecho de que la audiencia tuvo que llevarse a cabo con una orden de detención en su contra,” razón por la cual se accedió a la solicitud de la Fiscalía para decretar prisión preventiva.
Finalmente, el juez ordenó el ingreso del imputado al Complejo Penitenciario de Valparaíso y fijó un plazo de 60 días para la investigación del caso.
PURANOTICIA
Con Información de puranoticia.pnt.cl