Corte impone prisión preventiva a tres individuos formalizados por secuestro en Concepción, tras haber sido liberados por el tribunal.

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La Corte de Apelaciones de Concepción ha decidido mantener en prisión preventiva a Pierre Danilo Rodríguez Pacheco (33), Franco Matías Cabezas Ferrada (32) y Mario Jesús Ogalde del Valle (58), quienes son acusados por el Ministerio Público del delito consumado de secuestro agravado, ocurrido en diciembre del año pasado.

Con esta decisión, el tribunal de alzada revocó la resolución del Juzgado de Garantía, que en una audiencia anterior había considerado que no existían pruebas suficientes para calificar el hecho como secuestro agravado, sugiriendo incluso que podría haber sido un “carrete común”, según alegó uno de los imputados.

Los hechos se remontan al 27 de diciembre, cuando –según la fiscalía– la víctima, de 34 años, fue interceptada por los acusados mientras caminaba por la calle y llevada a una vivienda en la población Teniente Merino, donde permaneció en cautiverio por dos días. Durante ese tiempo, fue golpeada y despojada de sus pertenencias.

La Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (BIPE) de la PDI de Concepción arrestó a los tres imputados el lunes por la tarde, identificándolos como miembros de una banda liderada por Sergio Zúñiga, conocido como «Maldito Checho», quien fue abatido en marzo pasado por carabineros tras escapar de un control policial.

En un fallo dividido, la quinta sala de la corte penquista consideró que los antecedentes «son suficientes en esta etapa de la investigación para calificar el delito como secuestro agravado, y es importante destacar que el estándar de convicción requerido para imponer una medida cautelar no es el mismo exigido para una condena”.

La resolución indica que “los mismos elementos de convicción constituyen presunciones fundadas para establecer, en esta fase, la participación de los autores materiales en el delito de secuestro”. También se menciona que aunque el juez de primera instancia planteó ciertas dudas, éstas pueden ser aclaradas a través de las herramientas de investigación disponibles para el Ministerio Público, sin que ello impida considerar los fundamentos materiales mencionados anteriormente en esta etapa del proceso.

El tribunal de alzada señala que “considerando la gravedad del delito, la actuación conjunta de los agentes, la posible sanción legal y los antecedentes penales de los imputados Rodríguez y Ogalde, es razonable concluir que la medida cautelar indicada, que es la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público, es suficiente, necesaria e idónea en este momento”.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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