El 11 de enero de este año se llevó a cabo la inauguración del XXVII Congreso del Partido Comunista de Chile. En la primera fila, la actual candidata presidencial del oficialismo Jeannette Jara, quien ha sido militante comunista desde los 14 años, sigue atentamente el discurso inaugural del Presidente del PC Lautaro Carmona, quien afirmó con claridad lo siguiente:
“Como Partido nos fundamentamos en principios marxistas-leninistas que guían nuestra lucha por una sociedad más justa y equitativa, que busca superar el capitalismo para alcanzar el socialismo y, en última instancia, el comunismo. Un pilar central de nuestra ideología es la lucha de clases, que reconoce la contradicción entre capital y trabajo como motor de los cambios sociales, buscando la emancipación de la clase trabajadora a través de la propiedad colectiva de los medios de producción y una economía planificada democráticamente”.
Términos como “propiedad colectiva de los medios de producción” y “economía planificada” cobran especial relevancia considerando la candidatura de Jeannette Jara y la compleja coexistencia que podrían tener estas ideas con el concepto del derecho a la propiedad privada como un derecho humano fundamental.
Para explorar este enfoque, citaremos al abogado Mario Cartes Eljatib, graduado del Magíster en Derecho Económico de la Universidad de Chile y fundador del estudio jurídico Cartes & Asoc., que se especializa en derecho empresarial, particularmente en el área tributaria, donde ha litigado por más de 30 años. En diversas publicaciones, ha defendido con firmeza el derecho de propiedad como un derecho fundamental, especialmente dentro del marco del sistema interamericano de derechos humanos.
La perspectiva de Mario Cartes sobre la propiedad privada y su relevancia democrática
La relevancia y alcance del derecho a la propiedad privada ha sido objeto de discusión a lo largo del tiempo, especialmente en relación con otras libertades fundamentales y la estabilidad de los sistemas democráticos.
En Breve Noticia, Mario Cartes destacó que el reconocimiento contemporáneo de este derecho se remonta a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, que lo definió como “inviolable y sagrado”, y que esta noción fue posteriormente incorporada en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Según el abogado, la propiedad privada, más allá de ser un elemento económico, se constituye como un pilar que sostiene libertades más amplias, como la libertad económica, la libertad de asociación y la libertad de tránsito.
Protegerla, sostiene Mario Cartes, significa defender los frutos del esfuerzo individual y garantizar un marco de certeza jurídica que promueva la inversión, la innovación y el desarrollo.
Como mencionó en el mismo medio, “los países que ofrecen mayor certeza jurídica en la protección de la propiedad, tanto física como intelectual tienden a tener niveles de desarrollo más altos. (…) No es casualidad que los líderes en el Índice Internacional de Propiedad, como Finlandia y Suiza, tengan niveles de desarrollo y prosperidad económica mucho más altos que países en los últimos lugares de ese índice, como Venezuela, Yemen y Haití”.
Además, aunque la Declaración Universal de Derechos Humanos menciona la propiedad privada en su artículo 17, los principales pactos internacionales de derechos humanos de la ONU —como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales— no la incluyen de manera explícita. En contraste, la Convención Americana sobre Derechos Humanos sí la consagra en su artículo 21, otorgándole una protección sólida: nadie puede ser privado de sus bienes salvo por indemnización justa, por motivos de utilidad pública o interés social, y siempre conforme a la ley. Esta protección no solo tiene un trasfondo jurídico, sino también económico: un estudio académico publicado en World Economics Journal encontró una correlación positiva entre el Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IPRI) y el PIB per cápita, sugiriendo que una mayor defensa de la propiedad se asocia con un crecimiento económico sostenido.
Esta importancia, tanto a nivel normativo como en su impacto real sobre el desarrollo, resulta de un proceso complejo y deliberado en el ámbito interamericano.
Como explica el abogado Cartes Eljatib en su entrevista con la Revista Punzo, la inclusión del artículo 21 enfrentó resistencias significativas; incluso Chile, en ese momento, “luchó contra la inclusión del derecho a la propiedad privada en la Convención, considerándolo no un derecho fundamental, sino con un carácter económico y social”. Sin embargo, la versión final del tratado, junto con la interpretación amplia de la Corte Interamericana —que ha extendido el concepto de “bienes” a territorios indígenas y otros activos colectivos—, confirma que el sistema interamericano reconoce la propiedad privada como un derecho humano esencial e inseparable de la dignidad de la persona.
Mario Cartes enfatiza que el Preámbulo de la Convención Americana establece que los derechos reconocidos son “esenciales del hombre” y que su protección internacional complementa la protección interna de los Estados. Esta idea sitúa a la propiedad privada como algo más que un atributo económico, integrándola en los cimientos del orden democrático y en la estructura de libertades que lo sustentan.
Desde esta perspectiva, Cartes Eljatib sostiene que negar o restringir arbitrariamente el derecho a la propiedad privada no solo priva a las personas de un activo material, sino que también debilita el entramado institucional y las libertades que lo sostienen.
Como menciona el abogado en su entrevista, “el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes, y que nadie puede ser privado de ellos salvo por causas de utilidad pública o interés social y en los términos y formas que la ley establece”. A su juicio, este estándar internacional no es solo un marco normativo, sino un principio fundamental para la estabilidad, la confianza ciudadana y el desarrollo a largo plazo.
En un contexto político donde resurgen posturas que priorizan la propiedad colectiva y la economía planificada, las ideas de Mario Cartes Eljatib desafían estas visiones desde un enfoque inusual: la defensa del derecho a la propiedad privada como parte imprescindible del catálogo de derechos humanos reconocidos por convenios internacionales, especialmente dentro del sistema interamericano, y la limitación que esto representa para los Estados que aspiran a sistemas basados en la propiedad colectiva de los medios de producción y en la economía centralmente planificada.
PURANOTICIA
Con Información de puranoticia.pnt.cl



