La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha anunciado la imposición de multas por un **total de UF 160.000 ($4.650 millones, alrededor de US$4,73 millones)** en relación al Fondo de Inversión Capital Estructurado I de **Larraín Vial**, en el caso conocido como Factop-Audio.
El organismo regulador concluyó el procedimiento sancionador iniciado en octubre de 2024. Su Consejo acordó imponer a Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos y a su ex gerente general, Claudio Yáñez Fregonara, **multas de UF 60.000 ($2.358 millones) y UF 15.000 ($589 millones), respectivamente**. Esto se debe a la violación del artículo 53 inciso 2° de la Ley 18.045 por inducir a los inversionistas a adquirir cuotas de la Serie B del Fondo a través de información engañosa.
- “Se valorizaron sus activos como si se tratara de una participación en un equity (una propiedad indirecta en Grupo Patio), cuando en realidad **eran créditos deteriorados contra Inversiones San Antonio**, una compañía con problemas financieros, conocía por los sancionados”.
Asimismo, los implicados fueron penalizados por **incumplir sus deberes fiduciarios en la gestión del fondo**, caracterizándose por haber incorporado títulos de deuda deteriorados sin sanción, a pesar de la delicada situación financiera del deudor.
Además, los **exdirectores de la AGF**, **Andrea Larraín Soza, Sebastián Cereceda Silva, José Correa Achurra, Jaime Oliveira Sánchez-Moliní y Andrés Bulnes Muzard**, fueron sancionados con multas de UF 5.000 cada uno por contribuir a la sobrevaloración de los activos del Fondo y adquirir créditos deteriorados sin considerar riesgos, lo cual fue perjudicial para el Fondo.
La **CMF también impuso sanciones a STF Capital Corredores de Bolsa SPA y a su ex gerente general, Luis Flores Cuevas, con multas de UF 8.000 para cada uno**. Esto se debe a la violación del artículo 53 inciso 2° de la Ley 18.045, al inducir a los inversionistas a comprar cuotas de la Serie B del Fondo con información falsa, incluyendo afirmaciones sobre importantes aportes de grandes inversionistas que resultaron ser inexactas.
Las sanciones fueron acordadas con el apoyo de la presidenta de la CMF, Solange Bernstein, y los comisionados Bernardita Piedrabuena y Beltrán de Ramón, mientras que los comisionados Catherine Tornel y Augusto Iglesias se opusieron a algunos cargos.
Las decisiones de la CMF pueden ser apeladas mediante un recurso de reposición ante la propia entidad o mediante un reclamo ante la Corte de Apelaciones de Santiago. En su resolución, la CMF **decidió no sancionar a los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff Sanz**, exsocios de Grupo Patio, ni al exgerente general del conglomerado inmobiliario, Cristian Menichetti.
De acuerdo con la Resolución N°8537 de la CMF, Larraín Vial estructuró el Fondo para **resolver las dificultades financieras de Inversiones San Antonio, de propiedad de Antonio Jalaff Sanz**. Así, los acreedores pudieron convertir los créditos deteriorados en cuotas de la Serie A del Fondo, permitiendo que otros inversionistas aportasen capital a través de la compra de cuotas de la Serie B.
Dado que Antonio Jalaff, a través de Inversiones San Antonio, **tenía una participación indirecta del 3,87% en Grupo Patio**, se acordó que Inversiones Monterey, creada para la ocasión, llevaría a cabo una “reestructuración corporativa” que integraría dicha participación en una nueva entidad llamada NewCo. Posteriormente, el Fondo podría reemplazar los créditos por acciones, accediendo así a la propiedad indirecta de Grupo Patio. Sin embargo, esta promesa carecía de garantías o cláusulas que aseguraran su cumplimiento.
Larraín Vial Activos y sus administradores valorizaron erróneamente los activos del Fondo, incluyendo títulos de deuda deteriorados, como si fueran participaciones en Grupo Patio, lo que resultó en una sobrevaloración. Este valor se comunicó a los inversionistas, aún cuando la participación indirecta en **Grupo Patio no estaba garantizada**.
En relación a Larraín Vial AGF, las sanciones consideraron que el 17 y 27 de diciembre de 2024 se activó un programa reparatorio con ciertos aportantes de la serie B.
STF Capital y su ex gerente general, al ofrecer cuotas de la Serie B, **difundieron información inexacta sobre las características del Fondo**. Las presentaciones a inversionistas se identificaron incorrectamente como Fondo de Inversionistas-LV Patio, utilizando el logotipo de Grupo Patio, aunque en realidad se trataba del Fondo de Inversión Capital Estructurado I creado para abordar la situación financiera de Inversiones San Antonio.
De esta forma, **los inversionistas y el mercado recibieron información engañosa**, ya que el Fondo no invertía en equity, sino en créditos de dudosa recuperación.
Como resultado de la información incorrecta presentada durante la comercialización de las cuotas de la Serie B, los inversionistas formaron una percepción errónea de la situación del Fondo, lo que impactó sus decisiones de inversión, induciéndolos a realizar compras engañosas.
Por otro lado, **el Fondo nunca consolidó la participación indirecta en Grupo Patio a través de NewCo**, ya que Inversiones Santa Teresita y FIP 180 vendieron sus acciones en Grupo Patio, afectando negativamente al Fondo.
Es importante señalar que las administradoras de fondos y sus directivos tienen la obligación de **brindar toda la información necesaria a los aportantes, al público y a la CMF** para que las transacciones se lleven a cabo con conocimiento claro de la situación del fondo, permitiendo decisiones informadas.
No obstante, **los sancionados intentaron comercializar cuotas del Fondo con activos sobrevalorados**, sin informar adecuadamente sobre los riesgos inherentes y distorsionando las decisiones de los inversionistas, lo que condujo a la compra engañosa de las cuotas de la Serie B.
Además, los aportes de esta serie **se destinaron a adquirir créditos deteriorados a su valor nominal**, sin considerar el riesgo del bajo potencial de recuperación del deudor, lo cual fue claramente contrario al interés del Fondo y sus participantes.
La institución aclaró que, **dada las infracciones investigadas en el procedimiento sancionador**, enviará los antecedentes al Ministerio Público para que investigue la posible responsabilidad penal de Álvaro Jalaff, Antonio Jalaff y Cristian Menichetti por los hechos analizados.
PURANOTICIA
Con Información de puranoticia.pnt.cl



