La Fiscalía Nacional Económica (FNE) ha recomendado al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) llevar a cabo una licitación temporal del Terminal N°2 del Puerto de Valparaíso. Esta medida busca asignar su concesión y asegurar condiciones justas de acceso, en lugar de extender la concesión actual de Terminal Portuario de Valparaíso (TPV) hasta diciembre de 2029.
En un informe relacionado con la solicitud de EPV al TDLC para prolongar la duración del contrato de concesión actual, la FNE expresó que la licitación es el método más apropiado para otorgar este derecho de operación, asegurando que los beneficios se dirijan a los usuarios del terminal.
El documento señala que la operación del Terminal N°2 ocurre en un entorno de escasa presión competitiva, ya que acumula más del 80% de la carga fraccionada de la región, un segmento donde otros terminales tienen mayores tiempos de espera y tarifas más altas.
Asimismo, la autoridad resaltó que la concesionaria actual, Terminal Portuario de Valparaíso (TPV), ha mantenido rentabilidades positivas y sostenidas desde que se instauró la concesión en 2022.
Estos resultados, al ser comparados con otros terminales públicos, evidencian que el Terminal N°2 no solo se sostiene en sus condiciones actuales, sino que también presenta un atractivo considerable para posibles interesados en una futura licitación.
El informe indica que “la existencia de rentabilidades similares a las observadas en concesiones más largas refuerza la expectativa de que una licitación temporal podría atraer a varios interesados, replicando la competencia entre diferentes oferentes en procesos anteriores y asegurando así la competencia en el mercado en beneficio de los usuarios”.
Además, la Fiscalía subrayó que los argumentos a favor de la prórroga son superficiales en comparación con los beneficios que otorga un proceso licitatorio en términos de eficiencia dinámica y disciplina competitiva.
En su recomendación, la FNE sugiere que se priorice la licitación temporal del Terminal N°2 como norma general, estableciendo que el Índice Tarifario Máximo que estipule EPV no supere las tarifas vigentes, para proteger a los usuarios de posibles incrementos.
A su vez, se precisa que, de forma excepcional y en caso de que “la licitación no reciba ofertas, se debería autorizar la extensión del contrato actual, manteniendo las condiciones actuales y sin brindar ventajas adicionales al concesionario actual”.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl



