En su tercer trámite, la Sala de la Cámara de Diputados discutió el proyecto que reconoce legalmente a las víctimas de detenidos desaparecidos durante la dictadura cívico-militar en Chile como «Ausente por desaparición forzada».
La propuesta fue aprobada con 89 votos a favor, 28 en contra y 4 abstenciones, y será enviada al Ejecutivo para su promulgación como ley de la República.
La declaración de una persona como ausente por desaparición forzada significa que el Estado chileno reconoce que esta persona fue víctima de privación de libertad por parte de agentes del Estado o de individuos o grupos actuando con su autorización, junto con la negativa a reconocer dicha privación o el ocultamiento de su paradero, acontecida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
Esta iniciativa es una moción presentada por la diputada Lorena Pizarro, junto con María Candelaria Acevedo, Nathalie Castillo, Carmen Hertz, Tomás Hirsch, Camila Musante, Jaime Naranjo, Emilia Nuyado, Alberto Undurraga y Ericka Ñanco.
En concordancia con los esfuerzos del Plan Nacional de Búsqueda, esta calificación permitirá una reparación simbólica para las familias, facilitando la obtención de un certificado en el Registro Civil que confirme que la persona está en el Registro de Ausentes por Desaparición Forzada (PADF).
La norma establece la creación de dicho registro, que estará bajo la gestión del Servicio del Registro Civil e Identificación. En él se incluirán las personas que estén mencionadas en alguno de los siguientes documentos:
- Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación.
- Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación.
- Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
- Informe de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos.
- Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
- Otros informes de comisiones u organismos reconocidos por ley.
- Sentencias judiciales de procesos penales o conforme a la Ley 20.377, sobre la declaración de ausencia por desaparición forzada.
En la inscripción se registrará el nombre, nacionalidad, fecha de nacimiento y edad aproximada de la persona al momento de su desaparición, así como la fecha en que fue arrestada o privada de libertad de cualquier manera.
La Cámara aprobó esta iniciativa en su primer trámite en diciembre de 2024. Posteriormente, el Senado apoyó el texto, aunque eliminó las facultades administrativas que se otorgaban a la Subsecretaría de Derechos Humanos para incluir más casos en el registro. La Cámara ratificó esta decisión, y el texto quedó listo para convertirse en ley.
El debate en la Sala fue tenso, con intensas interpelaciones entre los diferentes sectores políticos, incluyendo menciones a la situación electoral y al caso de Bernarda Vera, una mujer que figura en la lista de detenidos desaparecidos y que habría sido localizada en Argentina.
Durante la sesión, las intervenciones de los representantes del oficialismo fueron predominantes, criticando el silencio de la oposición; solo los diputados Ximena Ossandón (RN) y Jorge Guzmán (EVO) intervinieron en apoyo a la iniciativa.
Las intervenciones también resaltaron la importancia de crear la figura jurídica de persona ausente por desaparición forzada, recordando que, de las 40 mil víctimas durante la dictadura, aún hay 1,100 que siguen en esa condición.
Se subrayó que esta es una reparación simbólica que permitirá la creación de un registro y el acceso a certificados oficiales que reflejen esta condición, sin que las familias abandonen su búsqueda de justicia, verdad, reparación y no repetición.
Asimismo, se afirmó que es un gesto de humanidad para aquellas familias que han soportado el dolor de no poder cerrar un duelo y a las que no se les puede exigir que declaren la muerte presunta de sus seres queridos.
Además, se destacó que esta calificación no altera estados civiles ni implica beneficios económicos, pero sí responde a una demanda histórica que evitará la revictimización de las familias durante los trámites administrativos.
PURANOTICIA
Con Información de puranoticia.pnt.cl



