Sernac identifica numerosas irregularidades en tiendas que comercializan drones a días de Navidad.

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Dado que los drones son productos muy solicitados durante la época navideña, el Sernac ha llevado a cabo una fiscalización en las principales ciudades del país para asegurar que los comercios que los ofrecen cumplan con la Ley del Consumidor.

La supervisión abarcó tiendas especializadas en el comercio de drones en Tarapacá, Antofagasta, Valparaíso, Biobío, Araucanía, Los Lagos y la región Metropolitana. El objetivo principal fue verificar varios derechos de los consumidores, entre los que destacan:

– Información comercial y precios.

– Libertad de elección.

– Etiquetado.

– Garantía.

– Seguridad en el consumo.

La directora nacional (s) del Sernac, Carolina González, comentó que «hemos identificado diversas infracciones en las tiendas que comercializan drones, por lo que procederemos a notificarles para que corrijan sus prácticas comerciales a la brevedad, lo cual beneficiará directamente a los consumidores de nuestro país».

Si bien el Sernac continúa evaluando los hallazgos de esta fiscalización, se han detectado varios incumplimientos en los locales que venden drones:

– Un 85% de los establecimientos no proporciona información sobre cómo ejercer el derecho a garantía legal.

– Un 43% no informa correctamente sus precios.

– Un 57% vende drones con etiquetado en un idioma distinto al español, principalmente en chino o inglés.

– Un 86% de los locales no muestra información del encargado del establecimiento.

Ante esta situación, el Sernac está notificando a los locales para que se ajusten a la Ley, considerando la alta demanda de estos productos en Navidad.

Asimismo, una vez finalizado el análisis jurídico, y si se considera necesario, el Servicio podría tomar acciones adicionales, como presentar denuncias ante la justicia contra aquellos locales con infracciones graves, las cuales podrían enfrentarse a multas de hasta 300 UTM, equivalente a casi 21 millones de pesos.

La Ley 16.752 establece las normas para la operación de estos dispositivos. Según esta normativa, se permite volar un dron de manera recreativa o privada, cumpliendo ciertos requisitos.

Por ejemplo, en el caso de drones pequeños de hasta 750 gramos, fabricados con polietileno expandido o material similar, se requiere la autorización del propietario y solo se pueden utilizar en espacios privados, siempre que no superen los 50 metros de altura sobre el obstáculo más elevado en la zona.

Al adquirir un dron, el Sernac aconseja:

Leer cuidadosamente las instrucciones del fabricante para conocer bien el producto y sus indicaciones de uso y precauciones.

– Revisar el estado y funcionamiento del dron antes de usarlo.

Mantener siempre el dron a la vista para evitar daños a personas o bienes. No se recomienda volar durante la noche o en condiciones climáticas adversas que puedan afectar la visibilidad o el vuelo (por ejemplo, vientos fuertes).

Mantenerse alejado de otros drones, pues un choque puede causar daños físicos o materiales.

No volar sobre infraestructuras sensibles, como plantas de tratamiento de agua, instalaciones energéticas, carreteras concurridas, cables de electricidad y edificios gubernamentales.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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