Después de una detallada investigación, Ricardo Del Carmen Zamora Valdés, de 65 años, fue sometido a juicio por ser el autor de un femicidio íntimo. Este crimen tuvo lugar en 2023 en Quillota y tuvo como víctima a su pareja de 22 años, en su hogar localizado en el sector de Villa Lorca, durante la madrugada del 15 de agosto.
En el transcurso del juicio, se presentó evidencia de que el acusado llevó a su pareja al dormitorio, donde llevó a cabo actos sexuales que le causaron diversas lesiones. Posteriormente, la asfixió y estranguló manualmente, provocándole heridas en varias partes del cuerpo, lo que resultó en su fallecimiento en el lugar.
El imputado declaró que, tras causar la muerte de la joven, movió el cuerpo al baño para lavarlo, y luego lo regresó a la cama. Posteriormente, después de varias horas, llamó a los vecinos pidiendo ayuda, con la intención de desvincularse de su culpabilidad.
El fiscal jefe de Quillota, César Astudillo, expuso en sus alegatos finales que «el acusado sabía que la joven era dependiente de las drogas y el alcohol, lo que disminuyó su capacidad de resistencia; aprovechándose de la confianza que la víctima le otorgó, la atacó. Su comportamiento incluyó trasladarla y lavarla para ocultar las evidencias del crimen».
Además, el fiscal agregó que el acusado manipuló a la joven para llevarla al dormitorio y proceder de manera homicida, en contra de su voluntad, evidencia que fue corroborada por las lesiones observadas en el cuerpo de la víctima y que refutaron la versión del imputado, quien alegó que solo estaba siendo enjuiciado por un suceso de violación ocurrido años atrás.
El tribunal evaluó la prueba presentada por la Fiscalía, que incluyó testimonios, evidencias periciales, y documentos, entre otros. Así, la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota condenó al acusado a una pena de presidio perpetuo por el delito consumado de femicidio íntimo, conforme al artículo 390 bis, inciso segundo del Código Penal.
Adicionalmente, se impuso la pena de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos, así como derechos políticos, y también la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares durante el tiempo de la condena.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl



