La Superintendencia del Medio Ambiente presenta dos cargos severos contra la planta fotovoltaica San Marino Solar en Zapallar.

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha presentado dos cargos graves contra San Marino Solar SpA, la empresa responsable de la planta fotovoltaica del mismo nombre, ubicada en Catapilco, comuna de Zapallar, en la región de Valparaíso.

Este proyecto, que recibió una calificación ambiental favorable en 2021, consiste en una planta de captación de energía solar que transforma dicha energía en electricidad, con el objetivo de inyectar alrededor de 9 MW al Sistema Eléctrico Nacional, a través de una línea de evacuación de 13,2 kV, extendiéndose aproximadamente 912 metros.

En marzo, durante el Programa de Fiscalización 2025 de la SMA, inspectores de la Oficina Regional de Valparaíso junto a personal del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), realizaron una inspección ambiental en el sitio. Después de las fiscalizaciones y un análisis jurídico, se decidieron formular dos cargos graves contra el titular del proyecto.

El primer cargo se originó al constatar la ejecución de escarpes y la remoción de la capa superficial de suelo en una superficie de aproximadamente 1,29 hectáreas en un área no autorizada según su permiso ambiental. Las actividades de escarpe durante la construcción estaban estrictamente limitadas a los caminos evaluados, sin incluir la afectación del suelo en áreas no permitidas.

El segundo cargo se impuso porque se verificó que el titular no cumplió con la reforestación de bosque nativo según el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos aprobado por Conaf. Este plan incluía la reforestación de 1,36 hectáreas con cinco especies nativas, entre ellas espino, molle, maitén y litre, tarea que no se ha llevado a cabo.

La jefa de la Oficina Regional de Valparaíso, María José Silva, destacó que los cargos se deben a incumplimientos de las exigencias establecidas en su permiso ambiental, tanto por la intervención de suelo fuera de las áreas autorizadas, que ha causado degradación física y funcional, como por no cumplir con el plan de reforestación comprometido relacionado con la corta de bosque nativo necesaria para el desarrollo del proyecto.

A partir de ahora, el titular tiene un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y 22 días hábiles para realizar sus descargos ante la SMA.

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

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