El Segundo Tribunal Ambiental ratifica la multa superior a $4 mil millones impuesta al relleno sanitario de Tiltil.

0
89

El Segundo Tribunal Ambiental ha denegado la solicitud de KDM que pretendía anular una multa de 4.984 UTA (más de 4 mil millones de pesos) impuesta al relleno sanitario Loma Los Colorados, en la comuna de Tiltil, debido a la falta de implementación de dos de las tres vías de tratamiento y eliminación de líquidos percolados establecidas en la RCA del lugar.

“Este Tribunal llega a la conclusión de que los actos impugnados se ajustan a derecho, sin detectar vicios de legalidad ni desproporcionalidad en la sanción aplicada”, señala la sentencia, tras un exhaustivo análisis de las disputas planteadas por la empresa.

El Tribunal determinó que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló correctamente el cargo contra KDM S.A. Asimismo, se establece que “la motivación del cargo es suficiente y coherente con los hechos verificados durante las actividades de fiscalización”, desestimando los cuestionamientos sobre la falta de congruencia o configuración errónea de la imputación.

De este modo, el Tribunal concluyó que la SMA “actuó dentro de sus competencias legales ante denuncias serias y con suficiente mérito, realizando las investigaciones pertinentes y determinando, con base en los hallazgos, la infracción por la cual se impuso la sanción, sin que se aprecien vicios de legalidad en dicho proceder”, detalla la sentencia.

El Tribunal estuvo compuesto por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), y los ministros Cristián Delpiano Lira y Cristián López Montecinos, quien redactó la sentencia.

Además, el Tribunal revisó el razonamiento de la SMA al evaluar las circunstancias establecidas en el artículo 40 de la LOSMA, en los literales i), c) y f), para determinar la multa de 4.984 UTA. En este sentido, se concluyó que la clasificación por vulneración al sistema jurídico de protección ambiental realizada por la Superintendencia se ajusta a los criterios normativos y jurisprudenciales aplicables, considerando el tipo de norma infringida y las características del incumplimiento; el cálculo del beneficio económico está debidamente fundamentado, sin errores metodológicos ni violación a la prohibición de ‘reformatio in peius’; y que la evaluación de la capacidad económica de KDM fue efectuada correctamente en base a la información financiera presentada, sin contradecir el principio de proporcionalidad.

“Así, se desestiman los vicios alegados y el cuestionamiento a la proporcionalidad de la sanción impuesta”, señala el fallo.

Finalmente, el Tribunal rechazó las alegaciones sobre una supuesta violación del debido proceso y confirmó que el procedimiento sancionador no incurrió en demoras injustificadas, dado la complejidad del caso y las diligencias investigativas llevadas a cabo, además de que no se presentaron irregularidades en la notificación del acto que resolvió el recurso, que se realizó conforme a las normativas legales vigentes.

  • El 16 de mayo de 2019, la SMA inició un procedimiento sancionatorio, formulando un cargo en contra de KDM por incumplimiento de la RCA que aprobó el proyecto “Mejora al sistema de tratamiento de Riles Relleno Sanitario Loma Los Colorados y desarrollo alternativa del tratamiento terciario” (Res. Ex. N°1/rol D-026-2019).
  • El 18 de junio de 2019, KDM S.A. presentó los descargos correspondientes.
  • El 3 de junio de 2022, la SMA resolvió el procedimiento sancionatorio, clasificando la infracción como grave y multando a la empresa con 5.000 UTA (Res. Ex. N° 847/2022).
  • El 12 de julio de 2022, la empresa presentó un recurso de reposición contra la decisión de la SMA.
  • El 11 de julio de 2024, la SMA acogió parcialmente el recurso de reposición, reduciendo la multa a 4.984 UTA.
  • El 29 de julio de 2024, KDM presentó una reclamación ante el Segundo Tribunal Ambiental.
  • El 29 de mayo de 2025, tuvo lugar la audiencia, en la que alegaron las abogadas Paulina Riquelme Pallamar, en representación de KDM S.A., y Paloma Espinoza Orellana, en representación de la Superintendencia del Medio Ambiente.

(Imagen: El Ciudadano)

PURANOTICIA

Con Información de puranoticia.pnt.cl

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí