Con el anuncio del nuevo decreto tarifario, el Gobierno ha tomado medidas para rectificar los sobrecostos observados en las facturas de electricidad durante el segundo semestre del año anterior. El Diario Oficial publicó el decreto del Ministerio de Energía que establece los cargos de Precio Nudo Promedio (PNP) para la primera mitad de este año, buscando corregir el error metodológico de la Comisión Nacional de Energía (CNE) detectado a mediados de octubre.
Dicha falla técnica tuvo repercusiones más allá del ámbito tarifario, afectando la imagen política del Gobierno del Presidente Gabriel Boric. Con el tiempo, se materializó la renuncia del entonces ministro de Energía, Diego Pardow, y del secretario ejecutivo de la CNE, Marco Mancilla.
Las modificaciones en las facturas eléctricas no serán uniformes y variarán según cada comuna. Según los cálculos del académico de la Universidad de Santiago de Chile, Humberto Verdejo, en la comuna de Santiago habrá una disminución del 0,25%. Una reducción similar se observará en Maipú, Ñuñoa, Macul, Las Condes, Lo Barnechea, Providencia y Pudahuel. Por otro lado, Buin registrará una rebaja mayor del 3,6%, mientras que Puente Alto y San Bernardo tendrán una disminución del 3,2%. Verdejo señala que estos ajustes comenzarán a reflejarse en las facturas a partir de este miércoles.
La Contraloría General de la República (CGR) dio su aprobación al proceso el pasado jueves, aunque con ciertos matices. El organismo indicó que las correcciones “se realizan solo en relación con la inconsistencia metodológica producida entre la entrada en vigor del decreto N° 7T de 2024 y la vigencia del decreto N° 14T de 2025, ambos del Ministerio de Energía, que fijaron los precios nudo promedios respectivos; por lo tanto, no comprenden las diferencias generadas antes de esas fechas».
Asimismo, la CGR señaló que, “considerando que la mencionada inconsistencia metodológica, según detalla el informe mencionado, se refiere a la aplicación de ‘la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor) y al uso de la tasa de interés corriente para operaciones no reajustables en moneda nacional’, es necesario ajustar la resolución exenta N° 379 de 2023 de la Comisión Nacional de Energía, ya que reproduce dicha inconsistencia».
Desde el Ejecutivo también se aclaró que la devolución establecida por este decreto no está relacionada con el error de cálculo reportado por la empresa de transmisión Transelec, el cual siguió un proceso diferente y cuyos cargos ya se han aplicado.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl



