El fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, expresó su conformidad con los argumentos de la decisión de la Corte de Apelaciones, que aprobó el desafuero de la diputada Catalina Pérez, ya que reconoce que el Ministerio Público presentó pruebas serias, objetivas y suficientes para respaldar su solicitud.
El tribunal antofagastino reveló los pormenores del fallo que unánimemente otorgó el desafuero a la diputada del Distrito 3, con vistas a su formalización por fraude al Fisco reiterado en la arista Democracia Viva del Caso Convenios, una vez que la sentencia sea definitiva.
“El tribunal, dejando claro que no se puede pronunciar sobre la culpabilidad de la persona desaforada, entendió, al igual que en situaciones similares de la misma causa, que hay antecedentes que justifican la existencia del delito y la participación de la persona desaforada. Esto es significativo porque descarta imputaciones injustificadas o arbitrarias”, señaló el fiscal.
Castro Bekios añadió que la resolución de la Corte de Apelaciones es relevante, pues confirma que los antecedentes recopilados por el Ministerio Público, que fueron presentados detalladamente en una audiencia extensa el pasado 10 de febrero, cumplen satisfactoriamente con el estándar de plausibilidad requerido en esta fase del proceso.
“El estándar para desaforar a un parlamentario se fundamenta en la plausibilidad de la imputación penal, lo que significa que los antecedentes deben evidenciar una probabilidad razonable de éxito en la persecución penal, sin requerir prueba concluyente de culpabilidad en esta etapa, y eso ha sido ampliamente cumplido”, precisó.
El fiscal regional comentó que, tras conocer el fallo, el Ministerio Público se mantendrá atento a una posible apelación por parte de la defensa de la diputada, la que debe presentarse en un plazo de cinco días.
“Hemos finalizado una fase de este proceso que involucra la sentencia del órgano encargado de resolverlo, que es la ilustre Corte de Apelaciones de Antofagasta; sin embargo, esta sentencia puede ser objeto de recurso, y es lógico que, en un caso de tal magnitud, la defensa presente uno ante la excelentísima Corte Suprema”, anticipó.
El fallo de la corte local indica en sus considerandos 13 y 14 que los antecedentes proporcionados por el Ministerio Público “ofrecen una secuencia preliminarmente lógica de la intervención de la diputada en los hechos previos y posteriores a la firma de los tres convenios fiscales mencionados”, lo que -agrega- confiere “razonabilidad” a la imputación del Ministerio Público en relación a la existencia de algún tipo de participación de la parlamentaria, independientemente del tipo de implicación que la Fiscalía busque probar finalmente contra ella en la formación de causa.
Profundizando en este aspecto, la resolución también menciona que hay elementos de investigación que hacen plausible la afirmación de que la diputada tuvo conocimiento de la firma de los convenios e incluso participó en la recolección de información necesaria para su celebración, a pesar de ser consciente de que la fundación no cumplía los requisitos básicos para ser beneficiada.
“Se suma a esto una serie de antecedentes que evidencian su intervención directa para, en primer lugar, dar la apariencia de que la fundación cumplía los requisitos necesarios y para que los demás implicados asumieran exclusivamente la responsabilidad por la firma de los convenios de transferencia de fondos, dejándola al margen de cualquier responsabilidad, incluso orientando sobre cuál debería ser el discurso común para tales fines”, señala la sentencia.
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Con Información de puranoticia.pnt.cl