domingo, 9 de agosto de 2026
Nacional

Tribunal resuelve mantener sanciones contra WOM por faltas en documentación de asistencia laboral

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de nulidad interpuesto por la empresa de telecomunicaciones WOM S.A. y ratificó las sanciones impuestas por la Inspección Provincial del Trabajo, que alcanzan 120 UTM ($8.597.880), correspondientes a dos multas de 60 UTM cada una.

Las infracciones se derivaron de deficiencias en el reglamento interno de la compañía, que carecía de disposiciones respecto al uso del sistema electrónico de control de asistencia, así como de la ausencia de acuerdos escritos con los trabajadores para utilizar sus teléfonos móviles como método de registro de jornada laboral.

La decisión fue adoptada por unanimidad por la Décima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, compuesta por la ministra Elsa Barrientos y los ministros Tomás Gray y Fernando Valderrama, quienes avalaron la sentencia previamente dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

En su resolución, el tribunal enfatizó que la normativa legal establece que las impugnaciones contra resoluciones que rechazan reconsideraciones administrativas de multas laborales únicamente pueden fundamentarse en un error de hecho o en la demostración del cumplimiento total de las normas cuya transgresión motivó la sanción.

Conforme al fallo, la empresa procuró cuestionar el contenido de las multas aplicadas, una controversia que, en opinión de los magistrados, debería haberse planteado a través de otro procedimiento contemplado en el Código del Trabajo. Por consiguiente, estimaron que el recurso presentado no satisfacía los requisitos legales necesarios para ser acogido.

De este modo, la Corte confirmó completamente la sentencia de primera instancia y conservó las multas impuestas por la autoridad laboral, desestimando además el recurso con costas, obligando a WOM a asumir los gastos derivados del proceso judicial.

Con Información de www.sitiodelsuceso.cl

editor

Redacción.

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