viernes, 23 de octubre de 2026
Nacional

Exministro Hernán Larraín refuta argumento del Gobierno sobre reducción de penas a condenados por abuso de menores

Hernán Larraín, quien se desempeñó como ministro de Justicia y Derechos Humanos durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, cuestionó públicamente los argumentos con los que el Ejecutivo ha justificado las 56 rebajas de condena concedidas a personas condenadas por violación y abuso sexual infantil bajo la administración de José Antonio Kast.

Mediante una declaración pública, el exsecretario de Estado citó la historia fidedigna del debate parlamentario para sostener que la normativa no reconoce derechos adquiridos a los agresores sexuales de menores de edad y que rige de manera inmediata sobre el régimen carcelario.

La controversia cobró fuerza luego de conocerse que desde 2022 a la fecha se han tramitado 332 beneficios bajo este mecanismo, de los cuales 276 corresponden al período de Gabriel Boric y 56 a la actual gestión de gobierno.

Larraín relató que al asumir su cargo en 2018 rechazó la solicitud de rebaja presentada por un recluso condenado por la violación de un menor de catorce años, aunque debió revertir esa decisión tras un pronunciamiento obligatorio de los tribunales. «Esta doctrina, respaldada por reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema, nos forzó a dictar los decretos correspondientes, dejando constancia en cada caso los considerandos de esos fallos, estableciendo así que no se trataba de discrecionalidad de la autoridad, sino del cumplimiento de un mandato judicial», afirmó.

Con el objetivo de frenar esas concesiones forzadas, su cartera ingresó el 11 de noviembre de 2019 la moción que culminó con la promulgación de la Ley 21.421 en enero de 2022, normativa que excluyó formalmente del beneficio a quienes hayan cometido estupro, violación o trata de personas con fines de explotación sexual infantil.

Durante la tramitación de esa ley en el Congreso Nacional quedó consignado de manera expresa que las restricciones debían operar de forma instantánea, sin admitir la irretroactividad penal que caracteriza a las leyes de carácter sustantivo.

Para rebatir la defensa jurídica del ministro Fernando Rabat, Larraín recurrió a las actas oficiales de la comisión legislativa que definieron la vigencia de la norma: «Sobre la aplicación de la norma, manifiesta que rige de aplicación inmediata, siguiendo el criterio señalado por el Tribunal Constitucional en materia de libertades condicionales, por el cual el solicitante debe cumplir los requisitos al momento de solicitar el beneficio».

El extitular de la cartera subrayó además que la Corte Suprema rectificó su doctrina en fallos recientes, cerrando la entrega de reducciones a condenados con sentencias previas, al entender que el principio de irretroactividad no ampara las prerrogativas de ejecución penitenciaria.

El hecho de que la actual administración haya otorgado estas rebajas por vía administrativa, sin decretos judiciales que la obligaran a ello, mantiene paralizada la firma de expedientes en el Ministerio de Justicia, en medio de los requerimientos de acusación constitucional promovidos en el Parlamento.

Con Información de www.epicentrochile.com

editor

Redacción.

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